OSAP cubre todas las prácticas mencionadas en el Plan Médico Obligatorio y en un todo de acuerdo a las normativas dictadas por el ente de contralor S.S.S.
Todas las prácticas deberán ser solicitadas por profesionales médicos pertenecientes a nuestra cartilla
médica.
Todas las prácticas requieren autorización y las prácticas de mayor complejidad deberán estar acompañadas de la ficha de Alta Complejidad, completada por el médico tratante, las internaciones clínicas y/o quirúrgicas podrán autorizarse vía fax.
La credencial y el documento de identidad son indispensables para acceder a todas las prestaciones, beneficios y servicios que brinda OSAP; su uso es personal e intransferible.
A fin de tener sus datos actualizados es necesario que nos comunique cualquier cambio en sus datos personales en los Centros de Atención de OSAP.
Esta credencial es única e intransferible.
Telefónicamente usted acuerda con el profesional del Cuerpo Médico de su preferencia el horario de la atención. Le rogamos que en el caso de no poder concurrir, proceda a su cancelación para que ese turno pueda ser utilizado por otra persona. Su firma será requerida como confirmación de la atención.
Equipos médicos
El Jefe del Equipo Médico, Director o Consultor actuará en forma personal según las normativas internas de cada uno, a pedido del resto de los médicos o cuando las características del caso lo hagan necesario.
En las especialidades en las que figuran equipos médicos, el beneficiario de OSAP no podrá ejercer derecho de preferencia entre los integrantes, por cuanto si así lo hiciera, personalizaría su atención, pudiendo el mismo solicitar un arancel diferencial no reintegrable.
Consultas y Tratamientos realizados con médico particular
OSAP NO RECONOCE CONSULTAS Y TRATAMIENTOS REALIZADOS CON MÉDICOS E INSTITUCIONES SANATORIALES SIN CONVENIO.
Usted podrá gestionarla en cualquier Centro de Atención OSAP.
Cobertura con prestadores de nuestro Cuerpo Médico contratado.
En consultorio
Usted puede acceder a la atención en los consultorios particulares de los diferentes profesionales o en los consultorios centrales de las Instituciones que cuentan con cuerpo profesional propio que atiendan por OSAP y que figuren en la especialidad.
Deberá solicitar turno e identiftcarse en el consultorio con su credencial de OSAP y su documento de identidad. Su firma será requerida como confirmación de la atención.
Recordamos que UD. es responsable del uso que le de a la misma.
Atención secundaria
a) Asistencia ambulatoria
Consultas médicas en general
Tendrán cobertura las consultas con todas las especialidades médicas reconocidas por la autoridad sanitaria tal como sigue:
OSAP ofrece las prestaciones incluidas en el Plan de Discapacidades conforme a lo normado por la Ley Nº 24.901 y la Resolución Nº 400/99 SSS y sus modittcatorias.
Para informarse sobre los requerimientos del acceso a estas prestaciones, comuníquese con cualquiera de los Centros de Atención de OSAP, donde será asesorado al respecto.
Asimismo podrá solicitar una entrevista con la Auditoría Médica de OSAP.
OSAP cuenta con cobertura de Estimulación Temprana al 100% hasta el año de vida, con indicación médica autorizado por Auditoria Médica de OSAP, hasta cumplir los 4 (cuatro) años la cobertura sí posee certificado de discapacidad continua siendo al 100%.
Cobertura total con prestadores contratados. Cobertura 100% de material descartable.
Usted y su médico pueden solicitar la internación gestionando la Autorización correspondiente vía fax. La misma será canalizada hacia cualquiera de las Instituciones sanatoriales de cartilla, de común acuerdo con el profesional que lo atiende. Se dará cobertura del 100% de gastos sanatoriales, siempre que el sanatorio esté en su cartilla. El Jefe del Equipo, Director o Consultor actuará en forma personal según las normativas internas de cada equipo, a pedido del resto de los médicos o cuando las características del caso lo hagan necesario.
Las instituciones contratadas con su cuerpo profesional brindan su atención a través del servicio de la especialidad elegida. Esta determina que médico integrante del equipo prestará la atención solicitada. De esta forma, si usted desea atenderse con un integrante en particular, este profesional podrá solicitarle un arancel diferencial, no reintegrable.
Si se produce este tipo de internación (a través de los servicios de emergencia)*, la orden será gestionada después de efectuarse la prestación, dentro de las 24 horas del día hábil posterior a la internación, la gestión la puede realizar la entidad sanatorial contratada vía fax.
*Ver Servicio contratado según localidad.
Cobertura, 100% a cargo de OSAP, previa evaluación y Autorización Auditoría Médica.
Se cubrirá Internaciones Psiquiátricas según Ley de Salud Mental 26657 y decreto Reglamentario Nro. 603/2013.
Por derivación previa autorización de OSAP:
Clínica Privada Psiquiátrica San Juan | Calle 115 Nº 231 | La Plata | Tel. (0221) 4838326 |
Clínica Privada Psiquiátrica San Martin | Calle 11 Nº 4629 | Berazategui | Tel. (011) 42562947 |
Centro Oro | Güemes 4710 | CABA | Tel. (011) 47734037 |
I.E.P.S.I. | Urquiza 130 | San Nicolás | Tel. (0336) 4451604 |
En Consultorio: 25 sesiones por afiliado por año calendario Coseguros PMO a través de prestadores de
cartilla.
En Domicilio: Cuando sea necesario realizar estos tratamientos en domicilio, deberá solicitar la
autorización previa en OSAP.
Cobertura del 100 % a cargo de OSAP.
OSAP brinda cobertura en un todo de acuerdo a la Ley de Identidad de Género Nro. 26743
Cobertura del 100% en instituciones y con profesionales de nuestra cartilla médica.
Este plan abarca la cobertura del embarazo y del parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento y del niño hasta cumplir el año de vida sin que se pague coseguros de ningún tipo.
Comprende:
a) Embarazo y Parto:
Cobertura del 100% de la atención integral del embarazo, parto y del recién nacido.
Cobertura del 100% en medicamentos inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio para la
madre y del 40% del valor de referencia (Anexo IV, PMOE) para medicamentos ambulatorios no
relacionados cuando estén comprendidos en al Anexo III del PMOE.
Cobertura al 100% de la psicoprofilaxis obstétrica.
b) Infantil:
Se brindará cobertura de internación con control adecuado por profesional a todos los recién nacidos. En
caso de recién nacidos patológicos se brindará cobertura de internación, medicamentos y métodos
diagnósticos sin límite de tiempo.
Se brindará cobertura al 100% a todo niño/a al nacer las determinaciones para la detección y posterior
tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia
suprarenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis.
También se incluirán otras anomalías metabólicas genéticas y/o congénitas inaparentes al momento del
nacimiento, si la necesidad de la pesquisa es científicamente justificada y existen razones de política
sanitaria. En un todo de acuerdo a la Ley 26279.
Se incluye la cobertura de la Ley Nro.25415 para la detección temprana y atención de la Hipoacusia.
Se promoverá el contacto inmediato del recién nacido con su madre.
Se realizarán las inmunizaciones del período según el calendario médico obligatorio.
En leches medicamentosas se cubrirán 4 Kg./mes hasta los 3 meses de edad, con indicación médica, resumen de Historia Clínica que la justifique y con posterior evaluación de la Auditoria Médica.
OSAP, Brinda en su totalidad el Servicio de Fertilización Asistida con profesionales de cartilla OSAP, en un todo de acuerdo a la Legislación Vigente, Ley 26.862 y su Decreto Reglamentario.
OSAP cubre el 100% de los medicamentos en internación. En ambulatorio Vademécum 40% de cobertura.
Medicamentos dentro de la resolución 310
Cobertura de medicamentos dentro de la resolución 310, para enfermedades crónicas prevalentes.
Medicamentos de venta libre
No tienen cobertura
Medicamentos PMI
La cobertura es del 100% para las especialidades medicinales incluídas en Vademecum Osap y del 40
para las especialidades NO incluidas.
Medicamentos para tratamiento de Diabetes
Según ley.
Medicamentos Oncológicos
100% cobertura. Se entregan en Farmacia Don Bosco OSAP.
Medicamentos para tratamientos especiales (alto costo baja incidencia) 100% a cargo Osap. Se entregan en Farmacia Don Bosco OSAP.
Medicamentos para beneficiarios con certificado de discapacidad
100% a cargo Osap de la medicación relacionada con la discapacidad. Se entregan en Farmacia Don Bosco OSAP.
Ante cualquier consulta de cobertura en medicamentos comuníquese con la Farmacia Don Bosco OSAP:
Tel: 0336-4427042.
Dir: San José 449 San Nicolás.
OSAP brinda toda la cobertura en Odontología en un todo de acuerdo al Programa Médico Obligatorio.
Usted puede tratarse con el profesional de la cartilla OSAP de su elección.
Deberá contactarse con el odontólogo y acordar el horario y día de la consulta. En el caso de no poder
asistir, le solicitamos informar al profesional para que otra persona pueda utilizar su turno.
Auditor Odontológico de OSAP: Dr. Raúl Auel.
Lugar y horarios de atención: Centro OSAP, Maipú 36 los días Martes y jueves de 09.00 a 12.00 hs.
(por orden de llegada)
Odontología para niños
En nuestra cartilla usted encontrará Odontólogos dedicados a la Pediatría para niños de hasta 13 años.
Dudas
Las dudas serán evacuadas a través de nuestros Centros de Atención OSAP.
Ortodoncia y Ortopedia Funcional
Los tratamientos de ortodoncia (aparatología fija) y ortopedia funcional (aparatología removible) se realizan exclusivamente en menores de hasta 18 años de edad, por única vez y previa autorización de OSAP.
Prótesis Odontológicas
Cobertura de prótesis removibles de acrílico y cromo-cobalto.
OSAP estimulará la prevención de la salud bucal de su población desde implementación de campañas educativas, fluoración y consultas a especialistas.
OSAP cubre aereos, un par de cristales cada 24 meses, salvo cambio de graduación. Respecto de las lentes de contacto, OSAP cubre un par de lentes por año, salvo cambio de graduación. No se cubrirá pérdida ni rotura. Para acceder a este beneficio, el afiliado deberá presentar la prescripción médica con fecha, firma y sello del profesional actuante. En todos los casos con Coseguro a cargo del afiliado.-
OSAP cubrirá el 100% en patología neurosensorial o perceptiva en niños de hasta 15 años de edad. El afiliado deberá presentar ante la Auditoria Médica de OSAP, la prescripción médica de un profesional de cartilla, acompañada de los estudios respectivos.
OSAP, brinda 100% de cobertura en cuidados paliativos y tratamiento del dolor en pacientes oncológicos.
Son aquellas prácticas de rutina, exámenes complementarios y de diagnóstico, tales como análisis clínicos, radiografías, ecografías, tomografías sin contraste, etc.
Cobertura: Con autorización previa, con coseguros, con prestadores de la cartilla OSAP. La validez de la prescripción es de 30 días.
No requieren autorización previa ni coseguro las siguientes prácticas: consultas médicas, radiología simple sin contraste, ecografía nomenclada, papanicolau y electrocardiograma. (consultar localidades).
Si se presentara una duda o inconveniente sobre estas prácticas, podrá contactarse directamente con los Centros de Atención OSAP.
Son aquellas prácticas de alta tecnología y baja frecuencia como: ecodoppler transesofágico, biopsia bajo control ecográfico o tomográfico, RMN, punciones, etc. Cobertura con Coseguros, con prestadores de la cartilla OSAP.
Todas las prácticas de alta complejidad requieren autorización previa y deberán acompañarse con la planilla de Alta Complejidad completada por su médico de cartilla.
Usted podrá asesorarse sobre ellas telefónicamente en los Centros de Atención OSAP.
Cobertura: 100% en prótesis e implantes nacionales, por provisión directa de OSAP con evaluación de la Auditoria Médica OSAP.
OSAP en su Centro de Atención de Medicina Preventiva (Maipú 36, San Nicolás de los Arroyos. TE: 0336-4450966 / 4450977) brinda cobertura total de las prestaciones incluidas en la Ley 26396, que incluye la prevención y control de los trastornos alimentarios, orientando al paciente a su rehabilitación y asistencia integral de la problemática, incluyendo la de sus patologías derivadas y las medidas tendientes a evitar su propagación.
La atención de psicología se brindará a través de los equipos de especialistas contratados por OSAP.
San Nicolás y Ramallo: Consulte la cartilla de prestadores y solicite un turno directamente.
Quilmes, Varela, Haedo, Morón (zonas de influencia OESTE): UD debe realizar una entrevista de admisión en CENTRO ORO, Güemes 4710 – Palermo – Capital Federal T: 4773-8289 / 4772-8851
Ensenada: solicite un turno directamente en la Clínica San Juan – Calle 115 No 231. Ciudad de la Plata. Tel: 0221-4838326/ 4249397/ 4220145.
Rosario: solicite un turno directamente en PsicoRed Rioja 2101 (Tel 0341 4405505 / 4477426).
Sistema Cerrado
La autorización o reconocimiento de tratamientos psicoterapéuticos se extenderán hasta una cantidad anual de 30 (treinta) sesiones, en ningún caso mayor a 4 (cuatro) sesiones mensuales. Se podrá extender la cantidad de sesiones previa autorización de la Auditoria Médica.
Le solicitamos respetar los turnos y si no puede concurrir por favor avise, su turno, podrá ser utilizado por otro beneficiario.
Este servicio se brindará para niños con rendimiento escolar insuficiente (disgrafía, discalculía, dislexia,etc.) y para aquellos que requieran reeducación psicomotora por una patología determinada. Para acceder al servicio de psicopedagogía UD deberá realizar:
San Nicolás y Ramallo: Consulte la cartilla de prestadores y solicite un turno directamente.
Quilmes, Varela, Haedo, Morón (zonas de influencia OESTE): UD debe realizar una entrevista de admisión en CENTRO ORO, Güemes 4710 – Palermo – Capital Federal T: 4773-8289 / 4772-8851
Ensenada: solicite un turno directamente en la Clínica San Juan – Calle 115 No 231. Ciudad de la Plata. Tel: 0221- 4838326/ 4249397/ 4220145.
Rosario: solicite un turno directamente en PsicoRed – Rioja 2101 (Tel 0341 4405505 / 4477426).
Consultas médicas en ambulatorio: coseguros establecidos a valores OSAP, exceptuando las prestaciones definidas por la S.S.S. Superintendencia de Servicios de Salud (PMI, discapacidad, etc).
Estudios de baja complejidad: coseguros establecidos a valores OSAP, exceptuando las prestaciones definidas por la S.S.S. Superintendencia de Servicios de Salud (PMI, discapacidad, etc.)
Estudios de Alta Complejidad: coseguros establecidos a valores OSAP, exceptuando las prestaciones definidas por la S.S.S. Superintendencia de Servicios de Salud (PMI, discapacidad, etc).
Prácticas No Nomencladas: coseguros establecidos a valores OSAP, exceptuando las prestaciones definidas por la S.S.S. Superintendencia de Servicios de Salud (PMI, discapacidad, etc).
Se autoriza en centros que tengan internación. Es para aquellos pacientes hipertensos severos, en infarto de miocardio evolucionado, enfisema pulmonar severo y post operatorio. Requiere autorización previa y se autoriza hasta un plazo de 6 a 12 meses del evento.
Se canaliza a través de las Empresas contratadas por OSAP para tal fin, consulte en cualquiera de los Centros de atención.
OSAP brinda cobertura total en traslado de pacientes accidentados, hasta el lugar que posea la complejidad requerida para el beneficiario dentro del país.
Se denomina emergencia a toda situación crítica en que la vida, los órganos y/o funciones vitales del paciente puedan quedar comprometidos de no mediar una rápida y adecuada asistencia profesional. Este servicio comprende la presencia en el lugar solicitado de un profesional médico equipado con el instrumental necesario, acompañado de chofer y enfermero apto para realizar un eventual traslado del paciente al centro asistencial que le correspondiera siempre que el profesional lo considere conveniente para una eficaz atención.
Emergencias OSAP: las 24 horas del día, los 365 días del año.
Este tipo de asistencia está a disposición de aquellos pacientes que deben concurrir a un centro de diagnóstico o tratamiento, y que por su afección se encuentran imposibilitados de movilizarse por otros medios. Se autoriza previamente en OSAP.
Cobertura del 100% en Instituciones contratadas por OSAP previa Auditoria Médica.
La provisión de los medicamentos será realizada por OSAP.
Este programa se orienta a mujeres desde los 18 años y sin límite de edad superior.
Tiene como objetivo principal contribuir a la reducción de la incidencia y mortalidad por esta
enfermedad.
Deberá garantizarse la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del
100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening. La Superintendencia de
Servicios de Salud publicará las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica,
deberán ser incorporadas en la presentación anual de la Cartilla Prestacional
Este programa se orienta a mujeres desde los 35 años y sin límite de edad superior.
Para mujeres con riesgo aumentado, se intensificará el control a edades más
tempranas.
Se propone reducir la morbilidad y la mortalidad relacionadas con esta enfermedad, con la
misión de promover y asegurar la calidad y equidad del cuidado de las mujeres de riesgo, con
sospecha o confirmación de cáncer de mama.
El diagnóstico precoz del cáncer de mama es el instrumento más importante en el pronóstico
de la enfermedad y la supervivencia de la paciente.
Deberá garantizarse la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del
100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening. La Superintendencia de
Servicios de Salud publicará las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica,
deberán ser incorporadas en la presentación anual de la Cartilla Prestacional.
Este programa se orienta a pacientes mayores de 50 años de edad o aquellos con
factores de riesgo que aumentan la probabilidad de padecerlo.
El diagnóstico precoz en cáncer de colon modifica los desenlaces de mortalidad, morbilidad y
calidad de vida de los pacientes.
Deberá garantizarse los controles periódicos a través de rastreos con estrategia de sangre
oculta en materia fecal y/o colonoscopía. La Superintendencia de Servicios de Salud publicará
las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica, deberán ser incorporadas en la
presentación anual de la Cartilla Prestacional.
Este programa se orienta a la totalidad de la población beneficiaria, en especial a
embarazadas y menores de 18 años.
Toda práctica incluida en el programa tendrá una cobertura del 100% a cargo de la Obra
Social.
Acciones:
• Promover acciones de prevención a través de la educación para la salud (limpieza y
pulido de las superficies y topicación con flúor, selladores de fosas y fisuras,
enseñanza de técnicas de higiene bucal, consulta periódica)
• Desarrollar una campaña por medio de trípticos o cualquier otro tipo de información en
beneficio de la salud bucal.
• Se llevarán a cabo consultas que contemplen las siguientes actividades:
• Examen del niño sano para la detección de caries.
• Topicaciones con flúor y enseñanza del cepillado dental.
• Orientación nutricional con el objeto de racionalizar el consumo de productos
causantes de caries.
Este programa se orienta a la población sexualmente activa, independientemente de la
edad.
Objetivos
a) Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable
con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia
b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil
c) Prevenir embarazos no deseados
d) Promover la salud sexual de los adolescentes
e) Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de
VIH/sida y patologías genital y mamarias;
f) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y
prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable
g) Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y
procreación responsable.
Cobertura
• A demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos, se podrán prescribir y
suministrar los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter
reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los
destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre
las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la ANMAT
• Cobertura al 100% de ligadura de trompas y vasectomía, según lo establece la Ley 26.130.
• Cobertura de Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE), de acuerdo con lo
establecido por la Resolución N° 232/07 del Ministerio de Salud de la Nación.
• Cobertura al 100% de implante subdérmico, sistema intrauterino de liberación de
levonorgestrel (SIU/DIU-LNG), Dispositivo Intrauterino (DIU-Cu), su colocación y
extracción, como métodos anticonceptivos, de conformidad con la Ley 25.673 y la
Resolución 2922/2019-MSyDS.
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.914 y Resolución 764/2018-MSyDS 100% en
medicamentos y reactivos de autocontrol para pacientes diabéticos (cualquier tipo), como así
también en cantidades necesarias, según lo prescriba su médico. Cobertura del 100% en
insulina, jeringas y agujas; tiras reactivas e hipoglucemiantes orales. Para pacientes
diabéticos insulinodependientes lábiles participantes en programas específicos de prevención
secundaria se seguirán los lineamientos del tratamiento intensificado, según la resolución
vigente.
Se dará cobertura, según lo establecido en la Ley Nº 26.743, a tratamientos hormonales como
quirúrgicos de reasignación genital total o parcial y según Resolución N° 3159/2019-MSyDS
a los tratamientos de Hormonización.
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.862 y decreto reglamentario 956/2013.
Tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-
asistenciales de reproducción médicamente asistida.
Se entiende por reproducción médicamente asistida a los procedimientos y técnicas
realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo. Quedan
comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad que incluyan o no la donación de
gametos y/o embriones.
Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico-
científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación.
Se brinda al 100% la cobertura integral interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los
medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas que la Organización
Mundial de la Salud define como de reproducción médicamente asistida.
En el marco de la Ley 27.610, se dará cobertura integral y oportuna a las personas
gestantes a fin de acceder a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención
postaborto.
Art. 4º- Interrupción voluntaria del embarazo. Las mujeres y personas con otras identidades
de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción
de su embarazo hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional
Art. 5º- Derechos en la atención de la salud. Toda persona gestante tiene derecho a acceder
a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia,
en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento y en las
condiciones que se establecen en la presente ley y en las leyes 26.485, 26.529 y
concordantes.
Información disponible en página web institucional y
https://www.argentina.gob.ar/salud/sexual/acceso-la-interrupcion-del-embarazo-ive-ile
CELIACOS: OSAP brinda cobertura a Celíacos en un todo de acuerdo a la Ley 26588 y Res. 102/11 MS.
OBESIDAD: OSAP brinda cobertura en un todo de acuerdo a la Resolución 742/09 MS. Consultar con Auditoria Médica de OSAP.
OSAP, brinda la Cobertura de todas las patologías Incluidas en la Resolución 500/04 de Programas especiales y sus modificatorias. Consultar con Auditoria Médica.
No serán cubiertos por OSAP todos aquellos tratamientos, prácticas o cirugías enunciados a continuación:
Ud. puede comunicarnos sus inquietudes, quejas y reclamos:
Y además, para presentar su reclamo puede dirigirse a: Ministerio de Salud: Superintendencia de Servicios de Salud. Asesoramiento: Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530. Tel: 0800-222-72583 (SALUD) y solicitar el Formulario B- Resolución 075/98 S.S.SALUD.
Como OSAP opera por sistema cerrado, no se hacen reintegros por prestaciones fuera de cartilla.